La función de un Juez estriba en dirimir los conflictos entre las partes y enjuiciar delitos, mientras que los Fiscales ejercitan la acción penal. En ambos casos, su objetivo primordial será defender los intereses de los ciudadanos.
Mediante la Ley Orgánica 9/2000, de 22 de diciembre, se ha procedido a la unificación de acceso a las carreras Judicial y Fiscal. Ello supone una mejor organización de estudio del opositor, concurriendo en una única convocatoria a las plazas de las dos oposiciones. En el BOE de 20 de marzo de 2001 se publica la convocatoria única de Jueces y Fiscales.
A partir de ese momento, los ejercicios y programa son los mismos para ambos Cuerpos (BOE 10 de marzo de 2000). Una vez superados los ejercicios, el opositor elegirá por el mejor número de orden obtenido al final de la fase de oposición, teniendo prioridad de elección en la carrera Judicial o Fiscal el número 1 sobre el 2 y así sucesivamente hasta agotar las plazas convocadas. No es econsejable simultanear la preparación de Jueces y Fiscales con la de Secretrios Judiciales dado el orden inverso de sus ejercicios, a pesar de la similitud de sus programas.
Próximos grupos: Comenzaron grupos nuevos en SEPTIEMBRE/OCTUBRE de 2009, en varios horarios.
- Fecha de inicio: Posibilidad de incorporación en horario de tardes/noches Posibilidad de incorporación a los distintos grupos. Los interesados pueden dirigirse personalmente o por teléfono a nuestros distintos centros.
ABIERTO EL PLAZO DE MATRÍCULA
Precio Temarios
- SEGUNDO EJERCICIO: 264,43 €
- TERCER EJERCICIO: 264,43 €
Los precios de los temarios no incluyen el IVA.
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